Indemnización por despido con contrato indefinido: todo lo que debes saber.

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Cuando hablamos de despidos en España, nos surgen muchas dudas, especialmente si se trata de saber cuánto me corresponde de indemnización por despido con contrato indefinido.

Si no sabes cuánto te corresponde por ley de indemnización por despido con contrato indefinido, qué tipos de despido existen, o no sabes cómo calcular la indemnización, echa un vistazo a este artículo.

Te aclamos todas estas dudas, de forma clara y sin tecnicismos innecesarios.

¿Qué es un contrato indefinido?

El contrato indefinido es aquel que no tiene una fecha de finalización establecida. Se trata del tipo de contrato más estable dentro del marco laboral español.

No obstante, el hecho de que sea “indefinido” no significa que no pueda finalizarse. El empleador puede extinguirlo, pero debe cumplir con ciertas condiciones y, en muchos casos, pagar una indemnización por despido.

Tipos de despido en contratos indefinidos

La indemnización por despido dependerá directamente del tipo de despido que se aplique. En España, los más comunes son:

Despido objetivo

El art. 52 del ET recoge como causas objetivas la ineptitud sobrevenida del trabajador o su falta de adaptación a modificaciones técnicas razonables (tras ofrecerle formación), así como las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afecten a la viabilidad de la empresa

Ocurre por causas técnicas, organizativas, económicas o de producción. Por ejemplo:

  • Pérdidas económicas demostrables
  • Cambios en la producción o servicios
  • Ineficiencia del trabajador (por causas justificadas)

👉 Indemnización: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Esta regla sigue vigente en 2025 y no ha variado desde la reforma de 2012. 

Conviene añadir que, según el art. 53.1 ET, en los despidos objetivos el empleador debe cumplir requisitos formales específicos: entregar carta de despido por escrito expresando la causa, poner a disposición la indemnización de 20 días/año simultáneamente a la comunicación (salvo que la empresa alegue causa económica que le impida pagar en el momento, en cuyo caso puede aplazar el pago hasta la fecha de efecto)

En un despido objetivo es obligatorio dar 15 días de preaviso o pagar esos días en salario en su defecto.

Este detalle es importante para que el despido objetivo sea válido, aunque su omisión no desactualiza las cifras dadas. 

Despido disciplinario

Se aplica cuando el trabajador incumple gravemente sus obligaciones: faltas repetidas de asistencia injustificadas (Art. 54.2.a ET), desobediencia, abuso de confianza, etc.

👉 Indemnización: No corresponde, salvo que el despido se declare improcedente.

El trabajador solo tendría derecho a su finiquito (salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, etc.), pero *ninguna compensación adicional

Esto sigue vigente en 2025: el Estatuto de los Trabajadores no prevé indemnización para despidos disciplinarios cuando la causa queda probada (art. 55.4 ET).

Si el trabajador impugna un despido disciplinario y el juez lo declara improcedente (porque la causa no quedó acreditada o hubo defectos formales), entonces pasa a generar derecho a indemnización como cualquier despido improcedente.

Despido improcedente

Se produce cuando no se justifica correctamente el despido o no se siguen los procedimientos legales. Es el tipo que genera mayor compensación económica.

👉 Indemnización:

  • Contratos realizados antes del 12 de febrero de 2012: 45 días por año trabajado (hasta esa fecha).
  • A partir de esa fecha: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Añadimos un matiz legal importante: la indemnización total resultante en estos casos antiguos está sujeta a un máximo de 720 días de salario (24 mensualidades), salvo que la parte calculada con 45 días/año por el período anterior a 2012 exceda ese tope. En ese caso excepcional, se aplica ese monto mayor como tope, *con el límite absoluto de 42 mensualidades.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido con contrato indefinido?

El cálculo no es tan complejo como parece. Para saber cuánto te correspondería, tienes que tener en cuenta tres factores principales:

  1. Tipo de despido
  2. Salario diario
  3. Antigüedad en la empresa

Fórmula básica:

Indemnización = salario diario x días por año x años trabajados

Ejemplo práctico:
Un trabajador con 5 años de antigüedad y un salario mensual de 1.500€ (50€/día), despedido de forma improcedente:

👉 50 € x 33 días x 5 años = 8.250 € de indemnización

Nota: Si el despido se considera nulo (por ejemplo, por discriminación), no hay indemnización, pero sí readmisión obligatoria (art. 55.5 ET y al art. 53.4 ET).

Matiz opcional: Para una precisión mayor, podría indicarse que cómputo de la antigüedad incluye la totalidad de la prestación de servicios continuada.

Si ha habido varias renovaciones concatenadas que se consideran unidad laboral, toda esa duración cuenta. (En 2023, el Tribunal Supremo confirmó que para el cálculo indemnizatorio se computa la antigüedad total aunque haya sucesión de contratos temporales encadenados sin solución de continuidad).

Es un dato vigente relevante en caso de contratos previos. 

Diferencia entre indemnización y finiquito.

Es muy común confundir estos dos términos:

  • Finiquito: es la liquidación de conceptos pendientes (vacaciones no disfrutadas, horas extra, parte proporcional de pagas extra, etc.)
  • Indemnización: es la compensación económica por la extinción del contrato en determinados casos.

Ambos deben pagarse juntos en caso de que corresponda indemnización.

Observación: Incluso si no corresponde indemnización (por ejemplo, despido disciplinario procedente), el empleador igual debe abonar el finiquito al trabajador.

Es decir, el finiquito se paga siempre que termina el contrato, haya o no indemnización. Impugnar un despido no implica renunciar al cobro del finiquito (el trabajador puede firmarlo “no conforme” o recibirlo sin que eso signifique aceptar la procedencia del despido).

En todos los casos de cese hay derecho al finiquito, mientras que la indemnización depende del tipo o calificación del despido

Documentación y plazos en el despido.

Cuando se produce un despido con contrato indefinido, el empleador debe entregar:

  • Carta de despido con causa detallada: tanto en despidos objetivos como disciplinarios la legislación obliga a comunicar el despido por escrito, indicando los hechos y causas que lo motivan y la fecha de efecto (arts. 53.1.a y 55.1 ET). Una carta de despido insuficientemente fundamentada puede acarrear la improcedencia.
  • Liquidación/finiquito: Es buena práctica que la liquidación esté desglosada y que el trabajador pueda revisarla (incluso con representación sindical, según prevé el art. 49.2 ET).
  • Propuesta de indemnización
  • Certificado de empresa (para paro): Legalmente, tras un despido el empleador debe comunicar la baja del trabajador al SEPE y facilitarle el certificado de empresa (donde constan las bases de cotización y situación legal de desempleo) necesario para que el trabajador solicite la prestación por desempleo.

🕐 Plazo para reclamar: el trabajador tiene 20 días hábiles para impugnar el despido ante el juzgado. Según la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social, art. 69.

Si el despido es objetivo, durante el preaviso de 15 días el trabajador tiene derecho a 6 horas semanales de licencia para buscar empleo (art. 53.2 ET).

El preaviso de 15 días solo se aplica a despidos objetivos

¿Se puede despedir sin indemnización?

Sí, pero solo en casos de despido disciplinario procedente, es decir, cuando el empleador demuestra de forma clara que hubo una causa grave de despido.

Sin embargo, si el despido se considera improcedente por un juez, entonces sí se genera indemnización, incluso si la empresa alegó causas disciplinarias.

Otros supuestos sin indemnización: si un trabajador dimite o finaliza su contrato temporal (fin de contrato por expiración del término), no es “despido” como tal, pero son extinciones sin indemnización por despido.

En el fin de un contrato temporal se paga una pequeña indemnización de fin de contrato (12 días por año) según el art. 49.1.c.

Es bueno saber que esa indemnización por fin de contrato temporal ha subido a 12 días/año (desde 2015) y con la reforma 2022 se eliminó la excepción de contrato por obra.

Marco legal aplicable.

Estatuto de los trabajadores

  • Título I. De la relación individual de trabajo
    • Capítulo III: Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
  • Art. 49: Extinción del contrato
  • Art. 52: Despido por causas objetivas
  • Art. 53: Forma y efectos del despido objetivo
  • Art. 54: Despido disciplinario
  • Art. 55: Forma y efectos del despido disciplinario
  • Art. 56: Indemnización por despido improcedente

¿Ha cambiado algo con la Reforma Laboral?

La Reforma Laboral más reciente no eliminó la indemnización por despido, pero reforzó los controles en los contratos temporales, lo que hace que el contrato indefinido sea aún más común en España.

Sin embargo, no se aumentaron las indemnizaciones ni se facilitó su cálculo. Los derechos y cuantías siguen siendo los mismos.

Aunque se creó la figura del “contrato fijo adscrito a obra” en el sector de la construcción, que aunque es un contrato indefinido, prevé que al finalizar la obra o servicio en construcción, si no puede recolocarse al trabajador, la extinción conlleva una indemnización específica del 7% del salario devengado en la obra (según la disposición adicional 3ª RDL 32/2021).

Pero esto es un caso muy sectorial.

Diversos informes (p.ej. del Comité Europeo de Derechos Sociales) han considerado insuficiente la indemnización de 33 días en España y han instado a revisarla.

Consejos finales para trabajadores y empleadores.

🔹 Si eres trabajador:

  • Revisa siempre tu carta de despido
  • Asegúrate de que se haya calculado bien tu indemnización
  • No firmes el finiquito sin haberlo revisado
  • Consulta a un abogado si tienes dudas

🔹 Si eres empleador:

  • Justifica correctamente el despido
  • Sigue los plazos y procedimientos
  • Entrega toda la documentación en orden
  • Evita errores formales que puedan convertir el despido en improcedente

La indemnización por despido con contrato indefinido varía según el tipo de despido y la antigüedad del trabajador.

Conocer tus derechos (como empleado) o tus obligaciones (como empleador) es clave para evitar conflictos y sanciones legales.

Si te encuentras ante una situación de despido, lo mejor es actuar rápido, informarte bien y buscar asesoramiento profesional.

Tu tranquilidad empieza con una buena defensa laboral. Contacta con Castellanos & Asociados.

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